miércoles, 7 de mayo de 2025

INSTRUCCIÓN RECURSOS HUMANOS SOBRE RENUNCIA

Recursos Humanos ha publicado unas instrucciones sobre cómo rellenar la solicitud. 

Para que no haya confusiones, aquí os especificamos lo que pone sobre la RENUNCIA y donde ponen un ejemplo para que quede lo más claro posible. Si alquien tiene alguna duda, que contacte con nosotros en el 653077738 o en anpeprofesoresreligion@gmail.com.

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5. Renuncia.

Se puede optar por renunciar al destino o destinos definitivos, marcando el apartado “Sí renuncio”. En ese caso deberá consignar el o los destinos definitivos a los que desea renunciar. Dicha renuncia se producirá exclusivamente en el supuesto de la adjudicación de un nuevo destino definitivo. En el caso de concederse un nuevo destino, la renuncia siempre se aplicará a todos los centros consignados en el apartado.

Para los participantes con destino definitivo inferior al 100%, si optan por “no renunciar”, marcando el apartado “No renuncio”, se adjudicará, si es posible, vacante o vacantes de las solicitadas en la hoja de peticiones, compatibles con el total de jornada con la que se participa.

Atención: Los participantes que opten por renunciar a su destino definitivo con motivo de obtención de vacante, y realicen peticiones a destinos con un porcentaje de jornada inferior al del destino definitivo al que renuncian, podrán obtener un destino con menor jornada en este procedimiento.

Ejemplo: en este supuesto el participante tiene destino definitivo en el CEIP A (con 66% de jornada) y en el CEIP B (33% de jornada). Supongamos que sus peticiones son las siguientes:

1. CEIP C (100% de jornada)
2. CEIP D (66% de jornada)
3. CEIP E (33% de jornada)

· Si opta por renunciar al CEIP B, mantendrá el 66% de jornada en el CEIP A, por lo que sólo se le podrían adjudicar vacantes de 33% de jornada. Es decir, solo se le podría adjudicar, de entre sus peticiones, en caso de estuviera disponible, la vacante en el CEIP E del 33%. Y en ese caso se quedaría con 66% en el CEIP A y 33% en el CEIP E.

· Si opta por renunciar tanto al CEIP A como al CEIP B, se le podrán adjudicar vacantes con cualquier porcentaje de jornada, pero la renuncia se aplicará a ambos centros con independencia del porcentaje de jornada de la vacante asignada. Es decir: si la vacante del CEIP C estuviera disponible, se le adjudicaría esa. Si el CEIP C ya hubiera sido adjudicado, se adjudicaría, en caso de estar disponible, la vacante en el CEIP D. En caso de adjudicarse la vacante en el CEIP D, se haría efectiva la renuncia a los destinos indicados, o sea, se renunciaría al CEIP A y al CEIP B, y se quedaría con 66% en el CEIP D. La adjudicación proseguiría hasta que el participante obtenga jornada completa o se agoten las peticiones del participante.