miércoles, 1 de junio de 2022

Circular de la Dirección General de Educación Secundaria sobre la organización del Bachillerato para el curso académico 2022-2023


Buenos días nos dé Dios.

En el día de hoy, hemos recibido la circular sobre la organización del Bachillerato para el curso 2022-2023.

Aquí os señalamos los puntos más relevantes:

Primero. Organización de las materias del primer curso.

(...) 

d) Los alumnos deberán elegir entre la materia de Religión o medidas de atención educativa, con una dedicación de una hora semanal.

Séptimo. Enseñanzas de Religión y Atención Educativa en el primer curso de Bachillerato.

1. Las enseñanzas de Religión se incluirán en el Bachillerato, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

2. Al inicio de curso, los alumnos mayores de edad y los padres o tutores de los alumnos menores de edad manifestarán su voluntad de recibir o no enseñanzas de religión.

3. En primer curso de Bachillerato, los centros docentes desarrollarán las medidas organizativas para que los alumnos que no hayan optado por las enseñanzas de religión reciban la debida atención educativa, de modo que la elección de una u otra opción no suponga discriminación alguna. Estas medidas de atención educativa se desarrollarán mediante la realización de un proyecto que será significativo y relevante. Los centros docentes incluirán esta atención educativa en su proyecto educativo de centro.

4. La evaluación de las enseñanzas de la religión católica se realizará en los mismos términos y con los mismos efectos que las de las otras materias del Bachillerato. La evaluación de las enseñanzas de las otras confesiones religiosas se ajustará a lo establecido en los acuerdos de cooperación en materia educativa suscritos por el Estado.

5. Las enseñanzas de Religión mantendrán su currículo actual, hasta que se apruebe el nuevo currículo según lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 243/2022, y dispondrán de una hora a la semana. Para el curso escolar 2022-2023.

a) El currículo de las enseñanzas de Religión Católica es el establecido en el anexo de la Resolución de 13 de febrero de 2015, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el currículo de la enseñanza de Religión Católica de Bachillerato.

b) El currículo de la Religión Evangélica es el establecido en el anexo de la Resolución de 28 de enero de 2016, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el currículo de la materia de Religión Evangélica del Bachillerato.

c) El currículo de la Religión Islámica es el establecido en el anexo de la Resolución de 14 de marzo de 2016, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publican los currículos de la materia de Religión Islámica en Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

6. Para el segundo curso de Bachillerato, seguirá vigente la organización establecida en el Decreto 52/2015, de 21 de mayo, y la normativa que lo desarrolla.

ANPE Madrid siempre contigo

Un saludo.

Shalom.

Ana Díaz-Regañón Muñoz
anpeprofesoresreligion@gmail.com

Fernando Múgica Duque
656865030

Pablo Coronado Romero
653077738

Delegados de ANPE-Madrid